Nación Güegüence

Una pizarra de expresión de opiniones y sentimientos personales sobre lo que acontece en Nicaragua y lo relacionado con ella.

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Nombre: Luciano Cuadra
Ubicación: Afghanistan

miércoles, marzo 23, 2005

Testamento de Rubén Darío

Copiado del original en el local del Archivo Nacional en Managua, Nicaragua. En Agosto del año 2002.


"Testimonio

Escritura número once – En la ciudad de León, donde resido, a las doce y tres cuartos de la tarde del treinta y uno de Enero de mil novecientos diez y seis, ante mi, Antonio Medrano, Abogado y Notario Público de Nicaragua y testigos aquí presentes, señores Dr. Santiago Argüello, Abogado, don Luis H. DeBayle, Médico, y don Francisco Castro, comerciante; todos casados, mayores de edad, de este domicilio, el señor Rubén Darío, mayor de cuarenta años de edad, casado, literato, con domicilio en París y actualmente residente en esta ciudad, a quien, como a los testigos, conozco - doy fé – y de su capacidad legal para este acto, acciona por sí y dice: que su última voluntad es la siguiente: instituye único y universal heredero de todos sus derechos y acciones, incluyendo las que le corresponden como autor de sus obras, a su hijo ílegitimo Rubén Darío Sánchez, actualmente residente en Madrid de España, de ocho años de edad, y que vive con su madre Francisca Sánchez, en la precitada ciudad de Madrid, Alcalá seis: que nombra ejecutor testamentario, con amplias facultades para disponer todo lo conveniente desde el momento que el otorgante falleciere al Doctor Don David Argüello, mayor de cuarenta años de edad, médico y actualmente domiciliado en esta ciudad: que tambien nombra guardador de todos los bienes de su hijo Rubén Darío Sánchez, y que le corresponderán por este testamento, al mismo Doctor Don David Argüello, quien los administrará hasta la mayor edad de su repetido hijo, proveyendo entre tanto a la educación de éste de la mejor manera posible. Yo el Notario doy fé de que el testador se encuentra en el uso y goce cabal de todas sus facultades, de lo cual me he asegurado; que hemos estado juntos el testador, los testigos y el suscrito Notario, desde el principio hasta el fín; que se ha hecho en un solo acto y que se han llenado todas las demás formalidades legales.
Leí integramente lo escrito al testador, en altas y claras voces, ante los testigos idóneos, sin ningún impedimento legal para testificar en este acto, que he enumerado, quienes ven, oyen y entienden al testador, y ante quienes dicto estas disposiciones de última voluntad, manifestó que está redactado según lo que él de viva voz ha expresado, encontrándolo conforme y rectificándolo. Firman todos ante mi, que doy fé de lo relacionado. Testado.
Argüello – No Vale. – Entre líneas – de lo cual me he asegurado – Idóneos – Sin ningún impedimento legal para testificar en este acto. Valen – Enmendados – Sin mayor – Estas.
Rubén Darío. – Santiago Argüello. – Luis H. DeBayle. – Francisco Castro. – A. Medrano"